Reservistas Voluntarios
Preguntas frecuentes
Requisitos
¿Cuáles son los requisitos para adquirir la condición de RV?
- Tener cumplidos 18 años en la fecha en la que finalice el plazo de admisión de solicitudes y no cumplir ni haber cumplido en el año en que se publique la convocatoria la edad de 58 años, para las plazas de Oficiales y Suboficiales, ni de 55 años para las de Tropa y Marinería.
- No estar privado de los derechos civiles.
- Carecer de antecedentes penales.
- No hallarse procesado o imputado en algún procedimiento judicial por delito doloso.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de la función pública.
- Poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será verificada mediante las pruebas que se determinan en la convocatoria, no haber sido calificado como "no apto con carácter permanente" en la convocatoria del año anterior.
- No haber resuelto su compromiso como reservista voluntario con anterioridad por alguna de las causas señaladas en la convocatoria.
- No haber finalizado su relación de servicios profesionales con las FAS por alguna de las causas señaladas en la convocatoria.
- No haber resuelto el compromiso como militar de complemento o como militar de tropa y marinería por alguna de las causas señaladas en la convocatoria.
- En el caso de haber sido militar de complemento, no tener denegada la renovación de compromiso o la suscripción del compromiso de larga duración que se establecen en el artículo 77.2 y disposición transitoria quinta, respectivamente, de la Ley 39/2007 de 19 de noviembre.
- En el caso de haber sido militar de tropa y marinería, no tener denegada la renovación de compromiso o la suscripción del compromiso de larga duración que se establecen en los artículos 8 y 9, respectivamente, de la Ley 8/2006 de 24 de abril. - Acreditar aquellas otras aptitudes y situaciones que, para cada caso, se determinan en la convocatoria.
Además, las plazas que exijan un determinado requisito específico, bien sea un título, una certificación académica, un certificado de aptitud, condición o una experiencia concreta, sólo podrán ser solicitadas por quienes acrediten la citada formación, aptitud, titulación, condición o experiencia. En las plazas en las que figure más de un requisito, se entenderá que deben cumplirse, o bien todos los indicados, o sólo algunos, según lo determinado en la correspondiente columna del anexo II.
¿Qué estudios se deben acreditar para optar a las plazas de Oficial (RV)?
a) Tener aprobados los estudios del primer ciclo de educación universitaria o los estudios completos de tres cursos de las Facultades o Escuelas Técnicas Superiores
b) Haber superado los estudios correspondientes al ciclo de grado o estar en posesión del título de graduado o graduada, o título equivalente, con la denominación que conste en el Registro de Universidades, Centros y Títulos regulado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre.
c) Estar en posesión de los mismos títulos que se exijan para el acceso a la condición de Militar de Carrera de los Cuerpos de Ingenieros o de Intendencia del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejercito del Aire, y de los Cuerpos Comunes de las FAS.
Además, las plazas que exijan un determinado requisito, bien sea un título, una certificación académica, un certificado de aptitud o una experiencia concreta, sólo podrán ser solicitadas por los candidatos que acrediten la citada formación, aptitud, titulación o experiencia. En las plazas en las que figure más de un requisito, se entenderá que se deberán cumplir todos los indicados o solo uno de ellos, según lo determinado en la correspondiente columna del anexo II de la convocatoria de cada año.
¿Y para las de Suboficial (RV)?
a) Título de Bachiller, establecido por la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación o título equivalente.
b) Estar en posesión de los títulos de formación profesional de técnico especialista, técnico superior o equivalente a efectos académicos.
c) Haber superado la prueba de acceso a la universidad prevista en la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo.
d) Estar en posesión de alguna de las acreditaciones académicas declaradas equivalentes a efectos de acceso a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional.
Además, las plazas que exijan un determinado requisito, bien sea un título, una certificación académica, un certificado de aptitud o una experiencia concreta, sólo podrán ser solicitadas por los candidatos que acrediten la citada formación, aptitud, titulación o experiencia. En las plazas en las que figure más de un requisito, se entenderá que se deberán cumplir todos los indicados o solo uno de ellos, según lo determinado en la correspondiente columna del anexo II de la convocatoria de cada año.
¿Y para las plazas de Tropa y Marinería (RV)?
Además, las plazas que exijan un determinado requisito, bien sea un título, una certificación académica, un certificado de aptitud o una experiencia concreta, sólo podrán ser solicitadas por los candidatos que acrediten la citada formación, aptitud, titulación o experiencia. En las plazas en las que figure más de un requisito, se entenderá que se deberán cumplir todos los indicados o solo uno de ellos, según lo determinado en la correspondiente columna del anexo II de la convocatoria de cada año.
Generalidades
¿Qué es un Reservista Voluntario?
¿Qué es lo primero que hay que hacer para ingresar en las Fuerzas Armadas como Reservista Voluntario?
¿Se pueden incorporar los Reservistas Voluntarios a situaciones de crisis?
¿Qué implica ser voluntario para participar en misiones fuera del territorio nacional?
¿Se puede en cualquier momento renunciar a incorporarse a una misión al extranjero aunque hayas expresado tu disponibilidad para ello?
¿Qué implica ser voluntario para participar con la Unidad Militar de Emergencias?
¿Qué uniforme usarán los RV,s?
¿Se puede vestir el uniforme militar en situación de no activado?
Cita Previa
¿Cómo se solicita la Cita Previa?
¿Cuál es normalmente el plazo para la solicitud de cita previa?
¿Es necesario un sistema de identificación digital para solicitar cita previa?
¿Cómo se realiza el viaje al Centro de Selección?
¿Qué documentación hay que aportar al presentarse al Centro de Selección?
a) Original y fotocopia o fotocopia compulsada, por ambas caras, del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte en vigor.
b) Original y fotocopia o fotocopia compulsada de los niveles académicos y titulaciones exigidos en la convocatoria.
c) Original y fotocopia o fotocopia compulsada de los documentos acreditativos de los méritos alegados por el solicitante para ser valorados en la fase de concurso.
d) Para los que hayan realizado el servicio militar obligatorio, original y fotocopia o fotocopia compulsada de la Cartilla Militar, Notificación de Pase a la Reserva del Servicio Militar, o certificado de la Subdelegación de Defensa del que dependa el solicitante, con indicación del empleo alcanzado, condecoraciones obtenidas y el tiempo permanecido en las Fuerzas Armadas.
e) Para los que hayan sido militares profesionales, documentación acreditativa con indicación, del empleo alcanzado, de las condecoraciones obtenidas y del tiempo permanecido en las Fuerzas Armadas.
f) Para los que hayan participado en misiones fuera del territorio nacional durante un período de tiempo igual o superior a dos meses ininterrumpidos, original y fotocopia o fotocopia compulsada del certificado de la unidad especificando la misión o misiones en las que ha participado y su duración.
g) Original y fotocopia o copia electrónica auténtica del perfil lingüístico “Standard Language Profile” (SLP), o del certificado de nivel de idioma, nacional o no nacional, que pueda tener correspondencia con alguno de los SLP valorados en el apéndice 3 de la convocatoria anual, según lo establecido en este último y en la Instrucción 60/2022, de 18 de noviembre, de la Subsecretaria de Defensa, por la que se aprueban las normas de desarrollo y ejecución para la determinación de la competencia lingüística en los idiomas considerados de interés para las Fuerzas Armadas.
h) Para los que hubieren pertenecido a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, no incluidos en los supuestos anteriores, fotocopia del Boletín Oficial donde esté publicada la Orden o del documento por el que causaron baja.
i) Informe sobre número de seguridad social o número de afiliación (NAF), que se podrá solicitar en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en la que radique su domicilio o, si se dispone de certificado digital, a través del servicio «Asignación de número de la Seguridad Social» de la Sede electrónica de la Seguridad Social (www.seg-social.es – Sede electrónica – Ciudadanos – Afiliación e Inscripción – Duplicado de documento de afiliación).
Convocatoria
¿Qué hay que hacer para adquirir la condición de RV?
- Superar los periodos de formación militar básica y específica.
- Firmar el compromiso inicial.
- Prestar juramento o promesa ante la Bandera en la forma que establece la ley.
¿Dónde se puede encontrar información al respecto?
¿Se puede optar a una plaza de superior categoría a la que ya se posee de una convocatoria anterior, si se han obtenido los estudios necesarios para ello?
¿Qué ocurre con la plaza obtenida en la anterior convocatoria?
¿A cuántas plazas se puede optar en cada convocatoria?
Asignación de plazas
¿En qué condiciones se puede optar a una plaza de superior categoría?
¿Qué ocurrirá en caso de no serle asignada nueva plaza?
¿Cómo se asigna las plazas?
¿Qué supone la asignación de una plaza?
En los resultados del proceso selectivo, si aparece como apto, ¿tiene alguna de las plazas solicitadas asignada?
¿Qué ocurre en el caso de que exista igualdad de puntuación, a la hora de asignar una plaza?
a) Mayor puntuación de los méritos específicos del baremo.
b) Orden de preferencia manifestado por el aspirante en su solicitud de plazas.
c) Mayor puntuación de los méritos generales del baremo.
d) Mayor puntuación de los méritos académicos del baremo.
e) Mayor edad.
Proceso selectivo
¿En qué situación quedará el RV durante un nuevo proceso de selección?
¿Cómo se inicia la participación en el proceso selectivo?
¿Qué documentos proporcionará el Centro de Selección?
¿Qué implica la solicitud de participación en el proceso selectivo?
¿Qué otros documentos se cumplimentan en el Centro de Selección?
- La ficha de Capacidades y periodos de formación del candidato a Reservista Voluntario.
- Documento de solicitud de plazas.
¿De que consta el proceso selectivo?
a) Concurso:
- Consistirá en comprobación y calificación de los méritos militares, académicos y generales que acrediten los candidatos, de acuerdo con el baremo establecido.
- Los méritos a valorar serán los que se posean al día de fin de plazo de admisión de solicitud de cita previa
- La puntuación directa será de cero (0) a cien (100) puntos.
b) Reconocimiento de aptitud psicofísica (reconocimiento médico y prueba psicológica).
c) Orientación y entrevista personal.
¿Qué cuadro médico se aplica en el reconocimiento médico?
¿En qué consiste la Orientación y la Entrevista personal?
Declarado No apto en el reconocimiento médico, ¿ante quién puede reclamar una segunda revisión médica?
Formación militar
¿De qué periodos está compuesta la Formación del aspirante a reservista voluntario (ARV)?
a) Periodo de Formación Militar Básica, precedido de un envío por correspondencia, se efectuará en un centro docente militar de formación y tendrá una duración mínima de un (1) día y máxima de treinta (30) días naturales de presente, en función de la formación militar previa del aspirante.
b) Periodo de Formación Específica (a realizar en la UCO de destino).
¿Cuál será el plazo de tiempo máximo para realizar los Periodos de Formación Militar Básica y Específica?
¿Durante los periodos de formación Militar (Básica y Específica) se puede ostentar el empleo que corresponde a la plaza que me ha sido asignada de la convocatoria o un empleo que hubiera tenido por haber pertenecido anteriormente a las Fuerzas Armadas?
Durante el nuevo periodo de Formación Militar Básica y Específica de un aspirante seleccionado para acceder a una plaza de superior categoría, ¿se puede ostentar el empleo que uno tiene como RV?
¿Qué se estudia en la fase por correspondencia?
- Formación general militar.
- Formación cívica y humana.
- Reglamento de acceso y régimen de los reservistas voluntarios. (383/2011 de 18 de marzo)
Además se proporciona un cuestionario del Libro Básico para facilitar su autoevaluación.
¿Por qué es importante el estudio del Libro Básico del RV y la entrega completa del Cuestionario?
¿Se puede solicitar el cambio de fecha del periodo de formación?
¿Qué régimen tendrán los seleccionados durante la Fase de Presente del Periodo de Formación Militar Básica?
a) Para los aspirantes reservistas voluntarios al empleo de Alférez o Alférez de Fragata, tres veces dicho salario.
b) Para los aspirantes reservistas voluntarios al empleo de Sargento, dos veces y media.
c) Para los aspirantes reservistas voluntarios al empleo de Soldado o Marinero, el doble del mencionado salario.
¿Cómo se realiza el traslado al Centro de Formación Militar?
¿Realizo alguna prueba más durante la Fase de Presente del Periodo de Formación Militar Básica?
¿En que fecha se realiza el Periodo de Formación Militar Básica?
¿Cuál es la duración del Periodo de Formación Específica?
¿Qué régimen tendrán los aspirantes seleccionados durante el Periodo de Formación Militar Específica?
¿Cómo se realiza el traslado a la Unidad, Centro u Organismo de destino para la realización del Periodo de Formación Específica?
¿Deben los aspirantes seleccionados para acceder a una plaza de superior categoría, realizar la Fase de Presente del Periodo de Formación Militar Básica y Específica?
Adquisición de la condición de Reservista voluntario
¿Cuándo se adquiere la condición de Reservista Voluntario?
¿Cuál es la duración del compromiso inicial?
¿Qué manifestarán los RV en la firma del compromiso?
¿Pueden acceder a la condición de RV los militares profesionales, personal de la Guardia Civil o Cuerpos de seguridad del Estado?
¿Podrán mantener el empleo alcanzado los procedentes de militar profesional?
¿Pueden ser RV los militares pertenecientes a la Reserva Transitoria?
¿Se pueden firmar nuevos compromisos?
a) Oficiales y suboficiales, hasta la fecha en que cumplan 61 años de edad.
b) Tropa y marinería, hasta la fecha en que cumplan 58 años de edad. En su caso, el último compromiso tendrá una duración máxima ajustada a los límites de edad.
¿Se puede solicitar un nuevo destino cuando se amplía el compromiso?
¿Cuándo pueden acceder a la condición de RV los militares profesionales?
¿Dónde se integran al adquirir la condición de RV?
¿Qué destino tendrán?
¿Mantendrán el empleo alcanzado en las Fuerzas Armadas?
Empleos
¿Qué empleos tendrán inicialmente los Reservistas Voluntarios?
¿Qué ocurre en el caso de un Reservista Voluntario que haya ostentado con anterioridad un empleo militar?
¿Pueden ascender los Reservistas Voluntarios?
Encuadramientos y Destinos
¿Dónde se encuadra a los Reservistas Voluntarios?
¿Se puede destinar a un RV a un puesto distinto al inicialmente obtenido?
¿En que otro momento se puede destinar a un RV a otra plaza diferente a la que tiene concedida por convocatoria?
¿Qué deberá hacer el RV que cambie de domicilio a otra provincia?
¿Cómo se solicitará el cambio de destino por cambio de residencia a otra provincia?
Disponibilidad y activación
¿Cuándo se encuentra el reservista voluntario en situación de disponibilidad?
¿Cuándo se pasa a la situación de activado?
¿Qué régimen se le aplicará a los reservistas voluntarios, cuando se incorporen a las Fuerzas Armadas para prestar servicio en las UCO,s o seguir procesos de formación continuada?
a) Para los de la categoría de oficial, el de los militares profesionales en la situación de servicio activo de empleo equivalente, pero con los cometidos y funciones propios de su condición.
b) Para los de la categoría de suboficial, el de los militares profesionales en la situación de servicio activo de empleo equivalente, pero con los cometidos y funciones propias de su condición.
c) Para los de la categoría de tropa y marinería, el de los militares profesionales de tropa y marinería en la situación de servicio activo con una relación de servicios de carácter temporal, de empleo equivalente, pero con los cometidos y funciones propios de su condición.
d) Cuando los reservistas voluntarios se incorporen para prestar servicio en unidades, centros u organismos del Ministerio de Defensa, en los dos primeros meses realizarán guardias y servicios como adjuntos de los titulares que se determinen y, a partir del tercero, se les nombrará como titulares.
¿Hay que pasar algún reconocimiento médico una vez activado para prestar servicio en unidades, tanto en territorio nacional como en el extranjero?
Derechos y deberes
¿Qué derechos y Deberes de carácter militar tendrán los RV.s cuando sean activados?
¿Qué tipo de identificación tendrá el RV?
¿Qué ocurre si el Aspirante o Reservista Voluntario en el momento de su incorporación para recibir formación está percibiendo la prestación o subsidio por desempleo?
Siendo reservista voluntario, ¿cuándo tengo acceso al derecho de bonificación en los viajes que realice en tren por cuenta propia?
¿Qué derechos de carácter laboral tendrán los Reservistas Voluntarios y los Aspirantes a adquirir tal condición en el supuesto de que fueran trabajadores por cuenta ajena?
¿Qué ocurre cuando los Reservistas Voluntarios y los Aspirantes a adquirir tal condición son funcionarios al servicio de las Administraciones públicas?
¿Qué retribuciones recibirá el Personal Reservista Voluntario durante el periodo de activación para prestar servicio en el puesto asignado en las unidades, centros y organismos de las Fuerzas Armadas?
¿Están incluidos en el Seguro Colectivo los RV.s durante sus periodos de formación?
¿Existe alguna excepción?
Títulos honoríficos
¿Se entrega al RV algún documento una vez que cesa en la condición de RV?
¿En qué casos no entregarán los citados títulos honoríficos?
a) Pérdida de la nacionalidad española.
b) Condena por delito doloso o imposición de una pena incompatible con la incorporación.
c) Haber sido sancionado por falta grave o por sanción disciplinaria extraordinaria.
d) Adquisición de la condición de militar profesional, guardia civil o personal estatutario del Centro Nacional de Inteligencia.
e) Falta de incorporación en fecha y lugar debidamente señalados o haber solicitado y tener concedida la suspensión de la incorporación en dos ocasiones consecutivas o tres alternas durante los últimos seis años.
f) Petición expresa de resolución de compromiso teniendo prevista su incorporación.
¿Qué derechos mantendrá el Reservista Honorífico?
a) Mantendrán una especial vinculación con las FAS mediante su adscripción con carácter honorífico a la unidad, centro u organismo que elijan de entre los que hubieran prestado sus servicios, previa conformidad de los mandos o Jefe de Personal, y podrán asistir a los actos y ceremonias militares propias de aquel, vistiendo el uniforme que corresponda.
b) Al objeto de su identificación se sustituirá la correspondiente Tarjeta de Identidad Militar (TIM) para personal Reservista Voluntario por otra en la que conste que es reservista honorífico con el empleo alcanzado.