Reservistas Voluntarios
Un Reservista Voluntario es una persona que desea aportar, de forma voluntaria y temporalmente, sus capacidades, habilidades y conocimientos, en las diferentes misiones que llevan a cabo nuestras Fuerzas Armadas, en el cumplimiento de la función que la Constitución les asigna y como respuesta a los compromisos asumidos por el Gobierno.
Puedes elegir el Ejército, Armada o Cuerpo común con el que deseas colaborar y el período de tiempo al que quieres extender dicha colaboración, en función de:
- Tu disponibilidad
- El grado de compromiso que quieras asumir
¿Qué Supone?
Adquirir un vínculo con las Fuerzas Armadas, con la firma de un compromiso los cuales conllevan un determinado tiempo de activación en Unidades, Centros u Organismos del Ministerio de Defensa. La duración de estos periodos de activación dependerá de las necesidades de las Fuerzas Armadas.
Mantener el compromiso de 3 años, siendo posible firmar nuevos compromisos, siempre que no se superen las siguientes edades:
- Oficiales y Suboficiales: No alcanzar la edad máxima de 58 años.
- Tropa y Marinería: No alcanzar la edad máxima de 55 años.
Posibilidad de elegir áreas de trabajo y cometidos o tareas, en base al compromiso que, voluntariamente, se haya adquirido.
Estar activado es ejercer tu derecho reservista voluntario
Adquieres automáticamente la condición de activado cuando se te requiera para:
- Realizar ejercicios de instrucción y adiestramiento o cursos de formación y perfeccionamiento durante no más de un mes al año.
- Prestar servicio en Unidades, Centros u Organismos del Ministerio de Defensa. En esta situación tendrás los derechos y deberes que corresponden a la condición de militar profesional de tu empleo y el tiempo que permanecerás activado se determina en la correspondiente convocatoria.
Cuando estés activado puedes ser asignado a unidades que realicen misiones en el extranjero o de mantenimiento de la paz y la seguridad siempre que expresa y voluntariamente lo hayas solicitado en el momento de firmar tu compromiso.
Tiempo máximo de activación
Los reservistas voluntarios podrán permanecer, como máximo, en la situación de activado los períodos de tiempo que a continuación se expresan:
- Para participar en programas de formación continuada, treinta días al año.
- Para prestar servicio, el que a tal efecto se fije cuando sea aprobada la activación.
Esto puede incluir misiones en el extranjero que a tal efecto se fije en la autorización del Gobierno para la incorporación de reservistas voluntarios.
En los siguientes archivos PDF puedes acceder a información específica para el acceso de escalas y especialidades: