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Suboficiales sin titulación previa de técnico superior

QUÉ OFRECEMOS

Ingresar en las Fuerzas Armadas como Suboficial supone poder ocupar los empleos de Sargento, Sargento Primero, Brigada, Subteniente y Suboficial Mayor dentro de los Cuerpos Generales de los Ejércitos y la Armada, Cuerpo de Infantería de Marina. Tu carrera también queda definida por la ocupación de los diferentes destinos.

FORMACIÓN

Las Fuerzas Armadas apuestan por una formación continua para sus Suboficiales, con el objetivo de potenciar sus cualidades y afianzar su trayectoria dentro del cuerpo. Por tanto, desde el primer día como Suboficial asistirás a un programa de enseñanza que se extenderá de acuerdo a tus intereses y compromisos. Dependiendo del cuerpo y especialidad elegida; la formación se impartirá en diferentes Centros Docentes de Formación.

Según el nuevo Anexo I del R.D. 309/2021, de 4 de mayo, que regula la ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, la formación para incorporarse a las escalas de suboficiales se estructurará, en función de los requisitos de titulación que se exijan para el ingreso, en los siguiente Cuerpos:

Cuerpos Generales y de Infantería de Marina: Requerirá la superación de dos planes de estudios, el correspondiente a la formación militar general, específica y para la adquisición de la especialidad fundamental y, un segundo, para la obtención de un título de Técnico Superior de formación profesional del sistema educativo general. El total de la enseñanza se ordenará en un máximo de tres cursos académicos.

 

Los que superen el plan de estudios serán promovidos al empleo de sargento.

DESARROLLA TU FUTURO

Elegir las Fuerzas Armadas como carrera profesional no es una solución únicamente de presente, también lo es de futuro ya que, a través de la enseñanza militar, te formarás en unas especialidades de acuerdo a tus intereses y aptitudes.

Una vez dentro de la escala de Suboficiales de los Cuerpos Generales de Cada uno de los Ejercitos podrás definir tu carrera. Perteneciendo inicialmente a una de las especialidades propias de cada uno de los Cuerpos, realizarás tareas que consistirán preferentemente, durante los dos primeros empleos, en la realización de labores operativas, posteriormente, tras alcanzar el empleo de Brigada, deberás obtener la especialidad necesaria para estar en condiciones de ejercer funciones logísticas y administrativas.

Tambien tendrás la posibilidad de ascender a los empleos de Subteniente y Suboficial Mayor.

El sistema de ascenso a los empleos militares varía dependiendo si se trata de un ascenso por elección, por clasificación o por antigüedad. 

Estrategia integral de desarrollo profesional

  • EIDP ( pdf - 0,12 MB )

    Te mostramos en el documento adjunto, la estrategia integral de desarrollo profesional para el personal militar del Ministerio de Defensa, con el objetivo de potenciar las opciones y oportunidades de promoción interna en las Fuerzas Armadas, reconociendo y aprovechando al máximo las capacidades y competencias adquiridas por dicho personal durante su permanencia en los ejércitos, o para facilitar la inserción al ámbito laboral civil al finalizar su relación de servicios profesionales.

Ascenso por Elección

Se producirá entre aquellos militares más capacitados e idóneos para acceder al empleo superior.

Se asciende por elección al empleo de suboficial mayor.

Ascenso por Clasificación

El ascenso por clasificación se producirá por el orden derivado de un proceso de evaluación.

Se asciende por clasificación a los empleos militares de:

Subteniente y Brigada.

Ascenso por antigüedad

Los ascensos por el sistema de antigüedad se efectúan según el orden de escalafón.

Se asciende por antigüedad al empleo de sargento 1º.

Desde la publicación del nuevo Reglamento de ingreso en las Fuerzas Armadas, también se favorece la promoción de los suboficiales para incorporarse a las escalas de oficiales, mediante la reserva específica de plazas en la modalidad de ingreso por promoción, con y sin exigencia de titulación universitaria previa y con créditos universitarios.

ESPECIALIDADES

Existen diferentes especialidades según los cuerpos:

EJÉRCITO DE TIERRA

CUERPO

ESPECIALIDAD FUNDAMENTAL

Cuerpo General del Ejército de Tierra

  • Infantería
  • Caballería
  • Artillería
  • Ingenieros
  • Transmisiones
  • Aviación del Ejército de Tierra
  • Electrónica y Telecomunicaciones
  • Mantenimiento y Montaje de Equipos
  • Informática
  • Automoción
  • Mantenimiento de Aeronaves
  • Mantenimiento de Armamento y Material

ARMADA

CUERPO

ESPECIALIDAD FUNDAMENTAL

ESPECIALIDAD COMPLEMENTARIA

Cuerpo General de la Armada

Administración

  • Buzo
  • Guerra Naval Especial

Alojamiento y Restauración

  • Buzo
  • Guerra Naval Especial

Armas

  • Artillería y Misiles
  • Armas Submarinas
  • Buzo
  • Guerra Naval Especial

Comunicaciones y Sistemas de Información

  • Buzo
  • Guerra Naval Especial

Energía y Propulsión

  • Mecánica
  • Electricidad
  • Buzo
  • Guerra Naval Especial

Maniobra y Navegación

  • Hidrografía
  • Buzo
  • Guerra Naval Especial

Sistemas

  • Guerra Electrónica
  • Sistemas Tácticos
  • Sonar
  • Dirección de Tiro
  • Hidrografía
  • Buzo
  • Guerra Naval Especia

Cuerpo de Infantería de Marina

Cuerpo de Infantería de Marina

  • Comunicaciones y Sistemas de Información
  • Automovilismo y Medios Anfibios Mecanizados
  • Artillería
  • Guerra Naval Especial
  •  Zapadores

EJÉRCITO DEL AIRE Y DEL ESPACIO

CUERPO

ESPECIALIDAD FUNDAMENTAL

Cuerpo General del Aire y del Espacio

  • Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones
  • Mantenimiento Aeronáutico
  • Sistemas de Información, Comunicaciones y Ciberdefensa
  • Mantenimiento de Electrónica
  • Control Aéreo
  • Administración

RETRIBUCIONES

Una vez que hayas superado el periodo de formación y hayas adquirido el empleo de sargento destinados en Unidades, percibirás tu sueldo completo y se complementará con dos pagas extraordinarias al año. Las retribuciones básicas siempre se verán incrementadas en función del puesto que se ocupe, con otros conceptos, como el complemento específico, dedicación especial y/o la residencia.

Puedes consultar las retribuciones correspondientes en los siguientes reales decretos:

Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas​​​​​​

Real Decreto 1053/2020, de 1 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre.

 

 

 

VENTAJAS

  • Compensaciones por movilidad y ayuda para vivienda al cumplir algunas condiciones
  • Uso de residencias militares en España y en el extranjero y viajes organizados
  • Uso de instalaciones, Centros Deportivos y culturales
  • Uso de guarderías del Ministerio de Defensa
  • Descuentos en algunos medios de transporte público según convenio con el MINISDEF y empresas
  • Acuerdos y convenios con entidades bancarias y otras empresas.

Conciliación de vida familiar

El acceso de la mujer al mercado laboral, ha requerido que el Gobierno haya venido aprobando una serie de medidas que facilitan a hombres y mujeres la conciliación de la vida laboral y familiar.

La legislación laboral civil está plenamente vigente en la normativa militar

  • Permiso por Maternidad / paternidad
  • Período de Lactancia
  • Cuidado directo de Menores de 12 años
  • Excedencia por Cuidado de Hijo menor de 3 años